La legislación española y europea otorga a la evaluación de riesgos laborales un protagonismo clave en la reducción de estas cifras, además de una obligación. Transcurrido el proceso curativo de cualquier trabajador se hace necesaria la reinserción y readaptación de los trabajadores a su puesto de trabajo. La pregunta es si estos pacientes no deberían volver a trabajar expuestos a los mismos riesgos. Lo frecuente es que se incorporen al mismo puesto de trabajo, dato este obvio, pero en iguales condiciones laborales del puesto de trabajo a las que originó el accidente o enfermedad que causaron las lesiones.
El reto social actual es poder generar una protección suficiente a los trabajadores que eviten estas situaciones reincidentes. Otra pregunta sería si el sistema actual es capaz de generar esta protección suficiente en los puestos de trabajo, sistema que se encuentra completamente dividido entre aquellos que ejercer las labores preventivas (servicios de prevención), y aquellas otras que han ejercido las labores curativas (mutuas de accidentes de trabajo y otros sistemas de salud). La responsabilidad preventiva, como hemos dicho, el sistema la hace recaer sobre los empresarios, y de como aquellos son capaces de hacer una buena gestión integrada de dicha prevención en la empresa. Por otro lado los sistemas curativos se encuentran completamente desligados de dicha prevención, y que son abordados de forma multidisciplinar por las Mutuas. Tal vez se debería proponer un paso más en este sistema que claramente carece de integración en la óptica anteriormente expuesta, y obliga a los sistemas públicos sanitarios y de las mutuas a la aceptación de tener que incorporar a determinados trabajadores a sus puestos de trabajo, aun conociendo que la realidad preventiva es la misma que originó el accidente o la enfermedad actual, e incluso en muchos casos es generadora de incapacidades.
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